Juan J. Paz y Miño Cepeda
Publicado: 26/abril/2021:
Bajo el dominio bancario-comercial de la “época plutocrática” (1912-1925) no existió seguridad social. Gracias a la Revolución Juliana (1925) se creó la primera Caja de Pensiones, definitivamente establecida en 1928 con el concurso de la Misión Kemmerer. Años más tarde se creó la Caja del Seguro. En 1970, ambas cajas se fusionaron en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Por ley, todos los trabajadores bajo relación de dependencia debían ser afiliados a esta institución. La evasión e incumplimiento empresariales pudieron más que la ley y burlaron a los gobiernos.
La Constitución de 2008 abrió una nueva época: la seguridad social es pública y universal. Esto significa que todos los habitantes del Ecuador deberán ser cubiertos con esa seguridad. Algo se avanzó en esa dirección. Incluso, mediante consulta popular (2011) pasó a ser INFRACCIÓN PENAL la no-afiliación de los trabajadores al IESS. Esta norma ha seguido burlada.
Desde 2017, el fortalecimiento de la seguridad social fue paralizado, porque se giró a un modelo de economía empresarial-neoliberal. En el futuro, la intención de la elite empresarial conservadora-neoliberal es “privatizar” la seguridad social, sin importarle para nada lo que diga la Constitución. El país galopa a la segunda época plutocrática.
En efecto, la Constitución de 2008 contiene varias disposiciones sobre la seguridad social. Dos artículos deben ser resaltados en estos momentos:
Art. 367.- “El sistema de seguridad social es PÚBLICO y UNIVERSAL, NO PODRÁ PRIVATIZARSE y atenderá las necesidades contingentes de la población. La protección de las contingencias se hará efectiva a través del seguro universal obligatorio y de sus regímenes especiales”.
Art. 370.- “El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, entidad autónoma regulada por la ley, será responsable de la prestación de las contingencias del seguro universal obligatorio a sus afiliados”.
De otra parte, la Constitución hace insistentes referencias a esta seguridad social: es un “deber primordial del Estado” garantizarla (Arts. 3, 32, 66); es un “derecho irrenunciable” (Art. 34); es un derecho para niñas, niños y adolescentes (Art. 45); es uno de los deberes y responsabilidades de los ecuatorianos cooperar en la seguridad social (Art. 83); la política de seguridad social es de “competencia exclusiva” del Estado (Art. 261); se extenderá, en forma progresiva, a quienes realizan trabajo no remunerado en el hogar (Art. 333); las prestaciones de la seguridad social se financiarán “con el aporte de las personas aseguradas en relación de dependencia y de sus empleadoras o empleadores; con los aportes de las personas independientes aseguradas; con los aportes voluntarios de las ecuatorianas y ecuatorianos domiciliados en el exterior; y con los aportes y contribuciones del Estado” (Art. 371); “Los fondos y reservas del seguro universal obligatorio serán propios y distintos de los del fisco, y servirán para cumplir de forma adecuada los fines de su creación y sus funciones. Ninguna institución del Estado podrá intervenir o disponer de sus fondos y reservas, ni menoscabar su patrimonio” (Art. 372); seguro social campesino, con régimen especial (Art. 373); afiliación voluntaria (Art. 374); e incluso por disposición transitoria 23ª: se creará “la entidad financiera” de propiedad del IESS, “responsable de la administración de sus fondos” (actual BIESS).
A pesar de estas contundentes disposiciones, los “privatizadores” de la seguridad social argumentan, entre tantas cosas:
- Los ciudadanos deben tener la “libertad de elegir” el sistema de seguridad social que les convenga;
- Es necesario reformar ese sistema, para que el Estado pueda “competir” en igualdad de condiciones con el sector privado;
- Está en riesgo el financiamiento futuro de la seguridad social y en peligro las pensiones, porque los ingresos no alcanzan;
- Es “moderno” crear un sistema de seguridad social privado.
Al respecto:
- Los “privatizadores” no tienen idea de lo que es el DERECHO SOCIAL. En América Latina fue inaugurado por la Constitución de 1917 y en Ecuador por la de 1929. El derecho social tiene como propósito garantizar derechos laborales y defender el derecho de las personas a contar con servicios universales que, de otro modo, no los tendrían. Así como nadie puede escoger “libre” y “voluntariamente” si quiere o no que le paguen su salario o trabajar como esclavo, tampoco es posible renunciar a la seguridad social que, como dice la Constitución es PÚBLICA y “no se puede privatizar”. Como lo ha demostrado la historia económica latinoamericana, todos los sistemas de “privatización” de la seguridad social no se basan en la “libertad para elegir”, sino en una imposición obligatoria sobre los individuos, para que simplemente escojan a cuál empresa privada entregan sus fondos y aportes.
- El Estado no “compite” con la empresa privada. Garantiza derechos y libertades individuales y sociales; y, si para garantizar esos derechos y libertades es necesario afectar intereses particulares, tiene que hacerlo. El problema no es el Estado, sino aquellos empresarios privados que creen que el Estado les estorba y quieren incursionar en actividades que son de la competencia estatal y en las que la participación del sector privado puede ser secundaria o marginal, si así se lo permiten las leyes.
- Como impone la Constitución, es obligación del Estado garantizar la seguridad social pública y universal. Por tanto, hay que avanzar en ese sentido y con financiamiento. Pero eso solo es posible con gobiernos que respeten la Constitución, que tengan clara conciencia de los derechos sociales, impulsen economías de bienestar social y superen los modelos de economía empresarial-neoliberal.
- Si se tiene clara la misión de la seguridad social y los derechos que el Estado garantiza aún por sobre los intereses privados, el financiamiento de la seguridad puede realizarse con múltiples formas, como son: el control inmediato del cumplimiento de la obligación de afiliar a los trabajadores al IESS, sancionando a quienes lo eluden; cobrar las deudas a los morosos; incrementar el aporte empresarial, que es demasiado corto; o garantizar más fondos para el Estado mediante el incremento de impuestos directos sobre las rentas individuales superiores, el patrimonio de las capas ricas y las herencias de esos mismos segmentos de población. Hay suficientes estudios de la Cepal sobre estos temas, así como los de la OIT. Vale señalar, de paso, que Ecuador no llega al promedio latinoamericano en cuanto a impuestos, pero aquí se dice que existen “muchos” impuestos y “muy altos”.
- En ningún país de América Latina los sistemas de seguridad privada o “privatizada” han sido exitosos o han resuelto el cubrimiento a la población para garantizar y proteger los derechos ciudadanos. Por cierto, no son, propiamente, sistemas de “seguridad SOCIAL”, basados en la solidaridad, sino sistemas de acumulación de rentabilidades privadas. Pero estos sistemas han demostrado ser ineficientes, abusivos, expoliadores y enriquecedores de los empresarios que se hallan atrás de las aseguradoras de pensiones. El mejor ejemplo de ello es Chile.
- No es cierto que la privatización es lo “moderno”. Los países que han logrado bienestar más amplio para sus ciudadanos, han amortiguado las diferencias sociales y algunos han logrado niveles de equidad avanzados, son los europeos y todos tienen seguridad social pública y universal. Imposible que a alguien se le ocurra “privatizar” la seguridad social y suplantarla con administradoras de fondos de pensiones o cajas de ahorro particulares. En Canadá el sistema de seguridad social es el mejor en el continente americano. Los EEUU inauguraron el camino a la seguridad social universal con el New Deal introducido por F.D. Roosevelt (1933-1945). El presidente B. Obama dio pasos para recuperarlo y J. Biden acaba de lanzar su programa de más impuestos para los ricos, elevando la tasa que, en adelante, tendrán que pagar las corporaciones, con el propósito de promover los servicios del Estado, incluida la seguridad social.
En consecuencia, no hay razones históricas, técnicas, legales ni sociales para “privatizar” la seguridad social ecuatoriana, excepto el deseo de unos pocos empresarios para tener buenos negocios a costa de los derechos sociales de la población.
© JPyMC – [FB-26/04/2021].